Sobre LEY DE COPROPIEDAD Nª21.442
Santiago, viernes 22 de abril de 2022.- El ministro de Vivienda y
Urbanismo, Carlos Montes, junto a la subsecretaria Tatiana Rojas, presentaron
esta mañana la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, que actualiza la antigua
legislación y aborda temas como la clasificación de los condominios, los
contenidos de reglamentos de copropiedad, las fórmulas de resolución de
conflictos y las exigencias urbanas de construcción, entre otros.
Durante la actividad se realizó la presentación de la Secretaría Ejecutiva de
Condominios del Minvu, que tendrá como misión relacionarse con los
dirigentes, monitoreando el buen cumplimiento de esta ley, orientando y
capacitando también a vecinas y vecinos de todo Chile.
La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria que se promulgada el 14 de Abril del
2022, actualiza y deroga la antigua legislación que data de 1997, perfeccionando
la normativa que existía para las copropiedades. Además, permitirá regular la
figura de los administradores con la creación del Registro Nacional de
Administradores, que entregará mayor seguridad a miles de familias, para
contar con personas calificadas que estén a la cabeza de la administración de los
condóminos en todo Chile.
Principales incorporaciones de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria:
1. SE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE ADMINISTRADORES DE
CONDOMINIOS
Registro público, gratuito y obligatorio, que estará a cargo del Minvu y permitirá
a las comunidades elegir administradores calificados.
2. ESTABLECE UN SISTEMA DE RECLAMACIONES Y SANCIONES
SOBRE LA ADMINISTRACIÓN
Las comunidades podrán efectuar reclamaciones sobre las actuaciones de los
administradores en las Seremi Minvu, las que podrán dictaminar sanciones en
caso de corroborar una infracción.
3. FACILITA LA ADOPCIÓN DE ACUERDOS EN ASAMBLEAS
La nueva ley permite realizar asambleas a través de vías telemáticas o virtuales,
hacer consultas por escrito, la participación de arrendatarios y simplifica los
quórums para que las comunidades puedan lograr acuerdos.
4. FORTALECE EL APOYO PÚBLICO PARA CONDOMINIOS DE
VIVIENDAS SOCIALES
Las municipalidades deberán prestar asesoría, actuar como instancia de
mediación extrajudicial y desarrollar programas educativos sobre derechos y
deberes. En tanto, municipalidades, gobiernos regionales y Serviu podrán
destinar recursos para diversos propósitos.
5. PERMITE LA TENENCIA DE MASCOTAS Y ANIMALES DE
COMPAÑÍA
No se puede prohibir tener mascotas, pero las comunidades sí podrán determinar
en su reglamento los espacios comunes que éstas pueden utilizar
6. SE CREA LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE CONDOMINIOS DEL
MINVU
Para atender de manera más adecuada las diversas problemáticas asociadas a las
copropiedades como, por ejemplo, proponer iniciativas de mejoramiento,
ampliación o capacitación.
7. AUMENTA LAS EXIGENCIAS REFERIDAS A LA SEGURIDAD DE
LOS CONDOMINIOS
Todo condominio deberá contar con un Plan de Emergencia, que deberá ser
actualizado anualmente, y contratar un seguro colectivo contra incendios.
8. NUEVAS CONDICIONES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE
CONDOMINIOS
El diseño de nuevos condominios deberá considerar su integración a la trama vial
de la ciudad y el acceso directo a bienes nacionales de uso público, asegurar el
tránsito expedito de vehículos de emergencia en su interior y aumentar la
transparencia visual de los cierres perimetrales.
Sobre REGISTRO NACIONAL DE ADMINISTRADORES (pendiente de su emisión)
Santiago, miércoles 14 de diciembre 2022- . La subsecretaria de Vivienda y
Urbanismo, Tatiana Rojas Leiva, junto a la encargada nacional de la Secretaría
Ejecutiva de Condominios (SEC) del Minvu, Doris González Lemunao, y la
secretaria ejecutiva de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de
Competencias Laborales, ChileValora, Ximena Rivillo Oróstica, celebraron la
firma de un convenio de colaboración que se enmarca en la implementación del
Registro Nacional de Administradores de Condominios que impulsa este
ministerio, y que es una de las innovaciones que introdujo la Nueva Ley de
Copropiedad Inmobiliaria, N° 21.442.
El proyecto tiene por objetivo definir las competencias laborales que deberán
cumplir quienes deseen desempeñarse en el rubro de la administración de
copropiedades y junto con ello, establecer mecanismos y estándares de
evaluación y acreditación del rol de administrador o administradora, además de
desarrollar un plan de formación que defina los conocimientos teóricos y
prácticos vinculados a dicha labor.
En la ocasión, además se llevó a cabo la conformación del Organismo Sectorial
de Competencias Laborales (OSCL) de Administradores de Condominios, órgano
encargado de aprobar y velar por la vigencia del perfil de Administrador(a) de
Condominios cuando finalice su proceso de su formulación.
Cabe destacar que, según lo dispuesto en la nueva Ley de Copropiedad
Inmobiliaria, la certificación de competencias laborales, es uno de los requisitos
para la inscripción en el Registro Nacional de Administradores de Condominios,
el que será inaugurado durante 2023.
Sobre REGLAMENTO DE COPROPIEDAD
El Miércoles 12 de Abril, 2023, fue publicado en el Diario Oficial uno de
los tres reglamentos necesarios para la implementación de la Ley
N°21.442 de Copropiedad Inmobiliaria.
Se trata del reglamento Tipo de Copropiedad que contiene las normas
obligatorias que permitirán a las comunidades actualizar su normativa
interna a la nueva ley.
Estas normas de convivencia son obligatorias para toda persona
copropietaria del condominio, sean dueños o arrendatarios.
Por ejemplo, se prohíbe la venta y consumo de toda clase de drogas y alcohol en
los espacios comunes del condominio, y los ruidos que perturben la tranquilidad
de los demás copropietarios u ocupantes del condominio en los días y horarios
contemplados en la ordenanza municipal. Asimismo, se autoriza la tenencia de
mascotas y las asambleas de copropietarios podrán ser presenciales,
telemáticas o mixtas, entre otras medidas.
FUENTE: MINVU.CL
1.- Ley 21.442
2.- Borrador del Reglamento de la Ley 21.442. Aún no se emite el definitivo.
3.- Circular que establece plazo para actualización de Reglamentos de Copropiedad, en los Condominios.
4.- Propuesta de Reglamento de Copropiedad, para un condominio.
